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El autodespido y la renuncia son conceptos totalmente distintos. El autodespido, o también conocido como “despido indirecto” es cuando el empleado deja de cumplir con sus obligaciones estipuladas en el contrato de trabajo.
A raíz de esto, el trabajador puede ponerle término a la relación laboral y requerir que se le paguen las indemnizaciones que la legislación indica.
Por otra parte, la renuncia es un mecanismo unilateral (del empleado) para poner fin a la relación laboral que tiene con su empleador, y fundamentalmente consiste en avisar con 30 días de anticipación, al lugar de trabajo, que el contrato no seguirá adelante.
La principal diferencia entre el autodespido y la renuncia, es que en esta última no hay una obligación del empleador de pagar indemnización alguna, a menos que se haya pactado expresamente en forma individual o colectiva.
Con el autodespido ocurre una situación opuesta, aunque la “iniciativa” para poner fin al contrato de trabajo, al igual que en la renuncia, sigue estando en manos del trabajador, ya no podrá fundarse en un argumento como: “porque quiero”. El empleado para autodespedirse debe estar apoyado en una causa legal. ¿Cuáles causales? Solo las que establece la ley:
1-Falta de probidad del empleador
2-Conductas de acoso sexual
3-Injurias proferidas por el empleador al trabajador
4-Conductas de acoso laboral
5-Conducta inmoral del empleador que afecte a la empresa donde se desempeñe
6-Incumplimiento grave de los obligaciones que impone el contrato
En Soy Honorario contamos con una asesoría gratuita para que te puedas autodespedir.