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¿Cómo puedo organizar un sindicato de honorarios?
Infórmate de los pasos para organizar un sindicato de trabajadores a honorarios.

¿Cuántos trabajadores necesito para formar un sindicato honorarios?

 

Se necesitan al menos 25 trabajadores para formar el sindicato.

Ellos se deben estar de acuerdo en la formación de un sindicato y para ello deben trabajar sobre un estatuto que guíe el actuar del sindicato (generalmente se utiliza un estatuto tipo).

 

Crear un estatuto

 

Hay que tomar en cuenta las necesidades específicas del sindicato, las cuales varían en cada caso. El estatuto regula, entre otras cosas, la elección de los dirigentes, lo que van a negociar con el empleador, cómo se financia el sindicato, etc.

 

La Inspección del Trabajo revisa los estatutos y puede rechazarlos

 

Opción 1: pedir orientación en la oficina regional de la Dirección del Trabajo y hacer usted mismo los estatutos.

Opción 2: asesorarse con un abogado que prepare un estatuto que cumpla todos los requisitos legales.

 

Designar un ministro de Fe que sea testigo de la primera asamblea del Sindicato

 

El «Ministro de Fe» será el testigo de la formación del sindicato. Puede ser: 

 Inspector del Trabajo, Notario Público, Oficial del Registro Civil, funcionario de la administración del Estado.

 

Primera Asamblea constituyente

 

Deben asistir todos los miembros a esta primera asamblea, además del Ministro de Fe. Se registra todo en un «Acta de Constitución» que se presentará luego a la Inspección del Trabajo. Durante la asamblea se elige a los dirigentes sindicales y se debe aprobar el estatuto que se hizo anteriormente.

 

Quiénes pueden ser candidatos

 

En la primera asamblea o asamblea constituyente todos los socios presentes pueden ser candidatos. Para la segunda elección todos los socios que cumplan lo dispuesto en el estatuto.

 

Paso final Presentar el «Acta de Constitución» y el estatuto a la Inspección del Trabajo

 

El Directorio elegido debe presentar el estatuto y el «Acta constitutiva» que se hizo durante la asamblea a la Inspección del Trabajo antes de 15 días desde la Asamblea.

 

¿Necesitas de nuestra asesoría gratuita? Contáctanos vía whatsapp o a nuestro mail info@soyhonorario.cl y un abogado especialista de nuestro equipo te asesorará gratuitamente.

 

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Fecha: 30-01-2019
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