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¿En qué consiste el “ACUERDO COVID”?
Hemos preparado un resumen

El acuerdo Covid alcanzado por el Ministerio de Hacienda y la Comisión de Hacienda (integrada tanto por parlamentarios de oposición como del oficialismo), propone los siguientes 3 ejes fundamentales;

 

1. MARCO FISCAL POR 24 MESES Y CONSOLIDACIÓN FISCAL DE MEDIANO PLAZO

Se creará un fondo extrapresupuestario denominado “Fondo Covid” (de hasta USD 12.000 millones), para financiar:

a) Mayores gastos corrientes (transferencias directas a familias, apoyo a trabajadores y empresas y apoyo a la salud física y mental)

b) Inversión pública adicional

c) Nuevos impulsos pro-activación y reconversión (incluye apoyos tributarios transitorios).

 

2.- PROTECCIÓN DE LOS INGRESOS DE LAS FAMILIAS Y DE LOS TRABAJADORES:

a) Ingreso Familiar de Emergencia 2.0 (IFE)

- Se ampliará la cobertura del beneficio: será compatible con los beneficios de ley de protección del empleo, seguro de cesantía, apoyo a los honorarios, las pensiones contributivas y no contributivas; se computará considerando un criterio de complemento a los ingresos actuales del grupo familiar. Esto permitirá incluir a feriantes, coleros, pescadores artesanales, pirquineros, trabajadores a honorarios, trabajadoras de casa particular, entre otros, independientemente de su fuente de ingreso, en la medida que sean elegibles para el beneficio.

- Se establece un monto adicional del IFE (actuales $60.000) para familias de hasta 4 personas: Monto parejo o plano de $100.000 por persona, hasta una familia de 4 personas. A partir del 5 miembro, el monto adicional seguirá la misma proporción que el actual IFE.

b) Municipalidades

Se entregarán recursos adicionales a las Municipalidades por USD 120 MILLONES, utilizando parámetros de vulnerabilidad de acuerdo a los utilizados en el “Fondo Solidario Municipal por COVID”.

c) Organizaciones sociedad civil:

Se dispondrá de un fondo de USD 20 MILLONES para apoyar a organizaciones sociales en distintas áreas como cultura y salud mental.

d) Salud:

Se crea una segunda fase del Fondo para la salud COVID-19, contando ahora con $400.000 millones.

e) Ley de Protección al Empleo:

Se propone extender los efectos de la ley y mejorarlos, en el mismo sentido que los establecidos para el IFE 2.0.

f) Trabajadores independientes con boletas de honorarios:

El subsidio fiscal de los trabajadores independientes allí incluidos será compatible con el IFE 2.0. El resto de los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios tendrá acceso a un crédito del Fisco en condiciones preferentes (con períodos de gracia y tasa de interés real de 0%). Dicho préstamo no se considerará como ingreso para efectos del cálculo en el IFE 2.0.

g) Protección para padres, madres y cuidadores que son trabajadores dependientes formales de niños y niñas en edad preescolar.

Si no pueden realizar su trabajo habitual a distancia o a través de medios telemáticos, podrán acogerse a la ley de protección al empleo.

 

3.- IMPULSAR LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA A TRAVÉS DE PLANES DE APOYO A LOS EMPLEOS Y A LA INVERSIÓN:

a) Plan potente de Inversión Pública para 2020 y 2021 con cargo al Fondo:

Se implementará un potente plan de inversión pública, principalmente a través de los Ministerios de Obras Públicas y Vivienda y Urbanismo, en infraestructura hídrica, en logística y en viviendas, con énfasis “verde” y mitigación de cambio climático; acelerando cartera de inversión pública ligados a construcción embalses, obras de regadío y agua potable rural, plantas desalinizadoras, inversión en ERNC; y efectuando la inversión de forma estratégica; proponiéndose proyectos en áreas ligadas a conectividad digital e infraestructura básica para turismo.

b) Incentivos a la contratación de trabajadores:

Se incrementa temporalmente subsidio de contratación de jóvenes desde el 40% al 60% más vulnerable; y se crea subsidio mensual temporal para todo trabajador desempleado o suspendido, equivalente a un % del sueldo mínimo, con tope de remuneración bruta mensual de 20 UTM. Extinguido el subsidio, se establece un crédito tributario a la contratación equivalente al 23% del valor de la remuneración de cada nuevo trabajador dependiente.

c) PYMES:

Busca asegurar el financiamiento con mejoras a los instrumentos que ya existen como crédito FOGAPE, modificando el deducible y ampliando coberturas de garantía. Además, busca apoyar vía programas de fomento productivo que incluyan subsidios y asesoría técnica. Por otro lado, se busca que los equipos de profesionales de los ministerios logren acortar los plazos de respuestas a las empresas para facilitar la reactivación. Por último, para aquellas Pymes que recién inicien, se propone que dispongan de un año plazo para obtener todos los permisos esenciales, en lugar de exigirlos. Para facilitar la implementación de estas medidas se deberá constituir una mesa de trabajo con las organizaciones representativas de Pymes, organizaciones de trabajadores y los organismos públicos involucrados.

d) Ley de Insolvencia:

Se busca mejorar la ley de Reorganización y liquidación para disminuir costos y tiempos de reorganización de PYMES. Se busca incentivar también nuevas herramientas que permitan la compra de deuda de PYMES más afectadas, con opción de conversión del capital y manteniendo a los socios originales.

e) Fomento de la inversión privada.

f) Creación de fondo de reconversión y capacitación:

Especial énfasis en los sectores más afectados por la crisis. Se reforzará la red de intermediación laboral y los programas de capacitación digital a través de SENCE y SERCOTEC.

g) Cumplimiento de condiciones sanitarias para el empleo:

Introducir de forma transitoria adecuaciones horarias y de funciones para que los trabajadores puedan adaptarse al trabajo cumpliendo con las nuevas normas sanitarias, para proteger su salud, darles seguridad y respetar criterios de distanciamiento físico mínimos, en el marco de las recomendaciones de la autoridad sanitaria al respecto.

h)Teletrabajo en el sector público:

Avanzar en una ley que regule el teletrabajo para el sector público en diálogo con la ANEF y la mesa del Sector Público.

i) Facilitación de acceso al crédito. Garantía estatal gratuita para créditos empresas de menor tamaño y garantía pagada para grandes empresas:

Se le otorgará garantía estatal parcial (60%) en la emisión de bonos u obtención de créditos de grandes empresas actualmente no cubiertas por el actual FOGAPE-Covid. Mientras en el Fogape regular orientado a empresas de menor tamaño no hay remuneración por la garantía estatal y la tasa de interés es de 3,5%, en este caso la tasa de interés se determina en el mercado y el beneficiario paga al Estado una comisión consistente con el riesgo incurrido.

j) Apoyo a empresas estratégicas:

Se les dará un apoyo con transparencia y criterios preestablecidos que se adoptará caso a caso. El Estado obtendrá una remuneración coherente con los riesgos financieros en que incurra. La forma específica del apoyo financiero debe adoptarse caso a caso pudiendo considerar una combinación de tres alternativas: una garantía estatal para alentar financiamiento de terceros, deuda directa con opción de conversión en acciones y participación en el capital por un periodo preestablecido.

 

Puedes descargar acá el documento con el detalle de estas medidas

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Fecha: 17-06-2020
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