Hablemos por |
Se viene diciembre y con ello, un mes generalmente de definiciones en el servicio público y por ende para los trabajadores a honorarios. Muchos honorarios no son renovados en sus contratos, son despedidos o se les ofrece un traspaso a contrata. Pero también hay algunos que desean renunciar para buscar una nueva oportunidad laboral. ¿Es aconsejable renunciar? Jamás.
Si un trabajador a honorario renuncia a su contrato para realizar un traspaso a una calidad de contrata, al momento de renunciar pierde el reconocimiento de los años de servicio como trabajador contratado a honorarios. Se pierde el reconocimiento de deuda previsional por año de servicio como trabajador contratado a honorarios; pierde la posibilidad de demandar compensaciones económicas por años de servicio y se pierden de demandar los demás derechos derivados del código del trabajo.
¿Qué es el funcionario a contrata? Es aquel funcionario de carácter transitorio en la dotación de una institución pública. No pertenecen a la organización estable del servicio, pero realizan funciones inherentes o propias del servicio. Tienen los mismos deberes que un funcionario de planta pero no los mismos derechos (no tienen carrera funcionaria). Los contratos expiran el 31 de diciembre de cada año por el solo ministerio de la ley (salvo que se genere una prórroga con 30 días de anticipación a lo menos). El número de funcionarios a contrata de un servicio no puede exceder el 20 % del de planta. No es posible ejercer cargos directivos y resolutivos estando a contrata. La renovación de contrata no significa que el nombramiento se haya transformado en indefinido.
¿Necesitas de nuestra asesoría gratuita? Contáctanos a nuestro mail info@soyhonorario.cl o a nuestro whatsapp +56978585748 o al teléfono 226119650