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¿EN QUÉ CONSISTE EL BENEFICIO?
Los trabajadores independientes que producto de la emergencia sanitaria derivada del COVID-19 enfrentan una disminución de al menos el 30% de sus ingresos por boleta de honorarios electrónica, pueden acceder de manera transitoria a un beneficio que permite cubrir hasta un 70% de la caída de dichos ingresos, con un subsidio de hasta $100.000 y un crédito con tasa real 0, un año de gracia y tres años para pagarlo, con tope de $650.000. En el caso del beneficio, el contribuyente debe reintegrarlo en 3 cuotas sin interés, reajustables de acuerdo a la variación del IPC, en su declaración de Renta a partir de 2022. Puede solicitarse mensualmente hasta tres veces, entre junio y noviembre de 2020.
REQUISITOS
• Haber emitido boletas de honorarios electrónicas en al menos 3 meses entre abril de 2019 y marzo de 2020, o bien
• Haber emitido boletas de honorarios electrónicas en al menos 6 meses entre abril 2018 y marzo de 2020.
En los dos casos anteriores, las boletas de honorarios electrónicas pueden haber sido emitidas en meses consecutivos o no.
• Cumpliendo uno de los dos requisitos anteriores, en el mes anterior al cual se solicita el beneficio, los ingresos por boletas de honorarios electrónicas deben haberse reducido en al menos un 30% respecto del promedio entre abril de 2019 y marzo de 2020.
BENEFICIO SUBSIDIO
En el caso de quienes tengan ingresos promedio mensuales inferiores a $500 mil entre abril de 2019 y marzo de 2020, podrán acceder a un subsidio de máximo 100 mil pesos con los siguientes tramos:
Ingresos de $0 a $320.500: Se cubrirá hasta un 70% de la reducción mensual
Ingresos de $320.500 a $400.500: Se cubrirá hasta un 50%
Ingresos de $400.000 a $500.000: Se cubrirá hasta un 40%
BENEFICIO PRÉSTAMO
Es un crédito con tasa 0% y que va directamente a los independientes que boletean y que tienen una renta promedio mensual durante el 2020 superior a $500.000. El tope de este crédito es de $650.000 mensual, por tres meses.
CUÁNDO SE RECIBE EL BENEFICIO
El beneficio es mensual en dinero por hasta tres meses –continuos o discontinuos– que se podrá cobrar dentro de los seis meses siguientes al 1° de mayo de 2020.
¿SE DEBE PAGAR EL PRESTAMO?
Sí, y se pagará en tres cuotas anuales a partir del 2022:
Además, a partir de julio de 2021 se aumentará en un 2% la retención del trabajador para ayudar a pagar el crédito.
¿DONDE SE SOLICITA EL BENEFICIO?
http://www.sii.cl/destacados/medidas_covid19/index.html
Fuentes:
Puedes revisar el paso a paso acá